¿Se acredita la suscripción de fitness solo cuando se renueva?
La mentalidad de los gimnasios que no actúan en nombre de sus miembros es simple. Usted acredita el tiempo de bloqueo, pero no directamente a la suscripción actual. Por el contrario, el crédito solo se emite cuando se canjea una nueva suscripción de fitness. Esta es una desventaja significativa para el cliente porque no pudo entrenar durante el bloqueo.
El dinero de la suscripción ya se había pagado, lo que significa que había que pagar por un servicio que no se prestó. La conclusión lógica a la que han llegado incluso los estudios de fitness buenos y de buena reputación: extienden el plazo de la suscripción en el momento del cierre. La oveja negra, sin embargo, no procedió de esta manera y dejó que la suscripción actual caducara. Cualquiera que no quisiera extender se quedó con las manos vacías.
El argumento de los estudios de fitness, que se presentaban a sí mismos como poco amigables para el cliente, era que también sufrirían las consecuencias del cierre. Al acreditar una suscripción extendida, querían mitigar un poco las consecuencias económicas o extenderlas durante un período de tiempo más largo. Pero eso no es legal, porque aquí es donde se aplica la ley de obligaciones.
Este derecho establece que se reembolsará una pérdida si no se pudo proporcionar un servicio. Varios expertos legales han comentado esto en el pasado y han declarado que esto solo sería diferente si los términos y condiciones generales del gimnasio proporcionaran una regulación correspondientemente diferente. Entonces significaría que se adeudaría el monto total incluso si el servicio no se pudiera proporcionar en su totalidad. Si esta formulación no se encuentra en los términos y condiciones del estudio, tampoco se permite el procedimiento para acreditar una suscripción extendida descrito anteriormente.
Pocas ovejas negras
Según encuestas realizadas en estudios de fitness suizos, se descubrió que solo unos pocos actuarían en detrimento de sus clientes. La mayoría extendería la suscripción de fitness actual en el momento del bloqueo y no vería ninguna restricción aquí. Sobre todo porque otra idea de estudio viola el Código de Obligaciones. Solo se tuvieron en cuenta cuatro semanas del bloqueo de ocho semanas y aún se calculó la mitad de los servicios no prestados.
Otros estudios tuvieron una idea completamente diferente. Preguntaron a sus clientes si estarían dispuestos a renunciar a renovar su suscripción y así apoyar al estudio. Muchos clientes mostraron su solidaridad y aceptaron abstenerse de solicitar una extensión.
Algunos deportistas que pertenecen a los grupos de riesgo definidos no quieren volver a entrenar incluso después del encierro porque temen contagiarse en el gimnasio. Los estudios ofrecen que su descanso puede durar más y que la suscripción de fitness puede incluso ampliarse en el tiempo correspondiente. Sin embargo, no por mera aceptación, sino que los clientes interesados tendrían que presentar un certificado médico que demuestre la asignación a un grupo de riesgo. En ocasiones, incluso es posible que la pausa dure más si el propio deportista no pertenece a un grupo de riesgo, pero si vive con una persona en riesgo.
Conclusión: la mayoría de los estudios de fitness se adaptan
El encierro obligó a los atletas a tomar un descanso, ya no podían entrenar en el gimnasio. Los estudios de fitness tuvieron en cuenta la pausa necesaria en la suscripción actual, por lo que duraba más. Pocas ovejas negras entre los proveedores querían ofrecer la extensión solo si se extiende la suscripción de fitness.
Sin embargo, este enfoque no se corresponde con la ley vigente y contradice la ley de obligaciones. La única excepción: si se puede encontrar una regulación correspondiente en los términos y condiciones del gimnasio, la extensión se puede renunciar debido al cierre.